Convenio entre la Corte Suprema de Justicia
de la Provincia de Santa Fe y
Editorial “Argentina Jurídica”
Entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en adelante “La Corte Suprema de Justicia”, con domicilio en San Jerónimo 1551- 1° Piso de la ciudad de Santa Fe, representada por el Dr. Roberto Héctor Falistocco, en su carácter de Presidente, por una parte; y Editorial “Argentina Jurídica”, en adelante “La Editorial”, con domicilio en Viamonte 1348, Piso 3, Oficina “A” de la ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por su Director, el Sr. Leonardo Kogan, acuerdan celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas, con el objetivo común de propulsar la difusión de la jurisprudencia del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe:
1.- La Corte Suprema de Justicia cede en forma gratuita a la Editorial, el derecho de uso de los sumarios de Jurisprudencia y fallos en texto completo que considere conveniente difundir, en medio magnético, para que éste por medio propio o de terceros desarrolle, edite y comercialice dicha información en Internet a través de su página http://www.argentinajuridica.com..
2.- La Editorial garantizará, a la Corte Suprema de Justicia doscientas sesenta y una (261) claves de ingreso de “uso total” del sitio en Internet que se encuentra bajo el dominio www.argentinajuridica.com o de cualquier otro que la Editorial posea en el futuro, ya sea propio o compartido con otra empresa, para ser usadas por distintas dependencias judiciales de la Provincia.
3.- Quedará a cargo exclusivo de la Editorial los gastos que la implementación del presente convenio pueda generar, como así también los necesarios para la edición del desarrollo de la obra y su actualización. La información será remitida por la Corte Suprema de Justicia cada seis meses, como máximo.
4.- Las partes declaran conocer los datos y sistemas que reciben y están exentas de responsabilidades recíprocas por los perjuicios que pudieran ocasionar por su utilización.-
5.- La Editorial se compromete a no alterar el contenido de los datos, salvo las adecuaciones técnicas necesarias para adaptarlo a su formato y para el recupero de cada documento. El software será de propiedad de la Editorial, quien manifiesta estar legalmente habilitada para su utilización en las bases de datos por ella editada, debiendo hacer mención, en cada caso, de que la obra está integrada por la base de datos proporcionada por la Corte Suprema de Justicia, que es la titular de su copyright.
6.- El plazo de duración del presente convenio se establece en 24 meses a partir de la fecha de su firma, siendo renovable automáticamente a su vencimiento por otro período igual y en idénticas condiciones, a menos que cualquiera de las partes comunique fehacientemente a la otra su voluntad de oponerse a la renovación. El presente no importa convenio de exclusividad.
7.- Para todos los efectos legales emergentes del presente convenio, las partes se someten a la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, fijando sus domicilios legales en los consignados al comienzo del presente, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales.
En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Santa Fe, a los once días del mes de agosto del año 2004.
Dr. LEONARDO KOGAN | Dr. ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO |
Editorial “Argentina Jurídica”
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Corte Suprema de Justicia – Santa Fe |