Circular nro.55: Modificación unidad Jus según artículo 32.
Circular Nro. 55/23.-
Santa Fe, 16 de junio de 2023.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en fecha 14.6.2023 la Secretaría de Gobierno dictó la siguiente resolución:
“Santa Fe, 14 de junio de 2023. VISTOS: Estos caratulados “LEY PROVINCIAL N° 12.851/08 – JUS UNIDAD DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES”, (CUIJ 21-17513581-9); y, CONSIDERANDO: Que en los autos del epígrafe, originados en el dictado de la ley Provincial 12.851 y en mérito a lo previsto en el artículo 32 de dicha norma, se dispuso que la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, haga saber el valor de la unidad Jus allí mencionada. Que mediante Acuerdo del 10.6.2008 (Acta N° 23, P. 6), la Corte Suprema de Justicia dispuso delegar en la Secretaría de Gobierno, la facultad de que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de la misma, disponga lo conducente para su publicación, con comunicación al Cuerpo. Que por ello y conforme lo previsto por el art. 32 de la ley 12.851 de Honorarios de Abogados y Procuradores, antecedentes de índole similar, y al incremento salarial dispuesto para todo el personal del Poder Judicial, del nueve por ciento (9%) a partir del 1 de abril del 2023, del nueve por ciento (9%) a partir del 1 de mayo del 2023 y del nueve por ciento (9%) a partir del 1 de junio de 2023 (V. Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia del 13.6.2023, Acta N° 18, p. 10), se ha modificado la base de cálculo del valor JUS, el cual representa el dos por ciento (2%) de la remuneración total, deducidos los adicionales porcentuales particulares, del cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito. Que ello así, la Dirección General de Administración de este Poder Judicial se expide en consecuencia (V. Informe del 14.6.2023). Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la ley 10.160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N° 41, punto único, la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I. Establecer que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851 es de $22.614,72 (pesos veintidós mil seiscientos catorce con setenta y dos centavos) a partir del 1 de abril de 2023; de $24.650,05 (pesos veinticuatro mil seiscientos cincuenta con cinco centavos) a partir del 1 de mayo de 2023; y de $26.868,55 (pesos veintiséis mil ochocientos sesenta y ocho con cincuenta y cinco centavos) a partir del 1 de junio de 2023. II. Poner ello en conocimiento de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Provincia y Caja Forense. III. Comunicarlo asimismo mediante medios electrónicos, a las distintas unidades jurisdiccionales de la Provincia. IV. Disponer la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término de cinco días. Regístrese, hágase saber y dese cuenta al Cuerpo en el primer Acuerdo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO DE GOBIERNO)”.–
Sin otro particular, saludo a ud. atentamente.
Fdo. Dr.Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)”