Circular Nro. 43/23.-
Santa Fe, 24 de mayo de 2023.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 23.05.2023, Acta N° 15, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
“RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE FECHA 22.5.2023 REF. HABILITACIÓN DEL SISFE AUTOCONSULTA ONLINE PARA LA CARGA DE DATOS COMPLEMENTARIOS AL INICIO DE UN PROCESO JUDICIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y DE ENFERMEDADES DEL TRABAJO: El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia Dr. Eduardo Bordas, informa que en fecha 22 de mayo del corriente año, dictó la siguiente resolución: “… VISTAS: Las necesidades del servicio judicial, y; CONSIDERANDO: Que entre los distintos proyectos y servicios que viene llevando adelante y poniendo en marcha este Poder Judicial incorporando y actualizando las tecnologías de la información y comunicación (TIC) aplicadas a la gestión judicial, se encuentran aquéllos vinculados a la Autoconsulta Online y al sistema informático SISFE con que operan las dependencias judiciales. Que en este sentido, gran parte de estos avances tienen como eje facilitar las interacciones entre los actores del proceso judicial, especialmente cuando se refiere a comunicaciones que se libran a los Registros que funcionan en este ámbito del Estado. Valga recordar, en esta orientación, que tal experiencia ya viene ocurriendo en los procesos sucesorios que tramitan en las Oficinas respectivas de Santa Fe y Rosario y en los Juzgados de Distrito con competencia en dicha materia, con respecto a los Registros de Procesos Universales con sede en ambas ciudades. Que siendo así, y aprovechando los recursos disponibles, se propone a la Excma. Corte Suprema de Justicia poner en marcha un circuito de trabajo de similares características, aplicado ahora al procedimiento que vienen utilizando los Juzgados con competencia en materia laboral cuando comunican el inicio de las actuaciones al Registro de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales de Santa Fe y Rosario. Que en este camino, para la concreción de lo propuesto, es menester tener presente que deberá adecuarse la plataforma de Autoconsulta Online, ya que actualmente al ingresar una demanda del tipo accidentes o enfermedades del trabajo, sólo se requiere que el Profesional complete los datos de las partes -actor, demandado-, sus domicilios y el monto de la demanda. En mérito a ello, y en función de las actualizaciones respectivas al sistema de aceptarse lo aquí reseñado, la aplicación requerirá que el presentante complete por Autoconsulta Online otros campos obligatorios complementarios relacionados con el proceso incoado. Entre ellos, los datos filiatorios del trabajador accidentado o enfermo y su situación laboral; del accidente o enfermedad en cuestión; del reclamo impetrado; y de los responsables demandados. En consecuencia, estos datos se integrarán como información de gestión al sistema informático SISFE con el que operan los órganos jurisdiccionales, y se incorporarán en forma automática y en una sola operación a las actuaciones que dichos órganos generan. Es así que este procedimiento totalmente electrónico dentro de SISFE permitirá a su vez, optimizar el funcionamiento integral de las causas judiciales en materia laboral y las comunicaciones e interacción con los Registros de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales de Santa Fe y Rosario, con la seguridad que otorga la firma digital. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: 1. Proponer a la Excma. Corte Suprema de Justicia que a partir del 5 de junio de 2023, los datos complementarios relacionados con el inicio de un proceso judicial de accidentes del trabajo y de enfermedades del trabajo sean completados por los profesionales matriculados al ingresar una causa de dichos tipos a través de SISFE Autoconsulta Online. 2. Proponer al Alto Cuerpo que desde esa fecha las comunicaciones referidas al inicio de una causa que libran los Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia laboral a los Registros de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales de Santa Fe y Rosario, se realicen totalmente dentro de SISFE aprovechando la registración de la información complementaria antes señalada y con firma digital. 3. Proponer delegar en Secretaría de Gobierno la materialización de las tareas y actividades necesarias para la puesta en marcha de lo aquí puesto a consideración. Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: I. Hacer lugar a las propuestas formuladas por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. II. Delegar en la mencionada Secretaría la materialización de las tareas y actividades necesarias para la puesta en marcha de lo propuesto. III. Librar las comunicaciones pertinentes. FDO.: ERBETTA. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.
Sin otro particular, saludo a ud. atentamente.
Fdo.Dr. Eduardo Bordas
(Secretario de Gobierno)”