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Circular nro. 39. Canal Web Institucional del Poder Judicial de Santa Fe – Pautas de uso y formulario de requerimiento.

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Circular Nro. 39/22.-

Santa Fe, 28 de marzo de 2022.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en el Acuerdo celebrado el día 22.03.22, Acta N° 8:

“RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO DE FECHA 21.3.2022 EN LAS ACTUACIONES ‘CREACIÓN DEL CANAL WEB INSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE –ACTA Nº18– PUNTO 11 DE FECHA 01.06.2021 (CUIJ 21-17619464-9)’. El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. Eduardo Bordas informa que en fecha 21.3.2022 dictó la siguiente resolución: “… VISTAS: Las actuaciones caratuladas: “Creación del Canal Web Institucional del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe – Acta Nº18 – punto 11 de fecha 01.06.2021” (CUIJ 21-17619464-9); las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que en el marco de la creación del Canal Web Institucional de la Corte Suprema dispuesto por Acta Acuerdo Nro. 18, Punto 11 de fecha 1.06.2021, y de conformidad con los Lineamientos trazados para su funcionamiento, aprobados por Acta Acuerdo Nro. 28, Punto 8 de fecha 10.08.2021; corresponde en la oportunidad continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos. En ese sentido, cabe memorar que en ocasión de disponer la puesta en marcha de la referida herramienta digital, la Corte Suprema de Justicia puso de relieve la importancia que reviste para la comunidad, el hecho de conocer e informarse acerca de cuestiones vinculadas al funcionamiento propio del Poder Judicial; como asimismo, de aquellas cuestiones de alto impacto o transcendencia social que, por su naturaleza misma, transcurren y se destacan en el ámbito de este poder estatal. Por consiguiente, la velocidad en el tráfico de la información y los distintos canales por los que la misma transita, hacen necesario que se cuente con herramientas modernas y lo suficientemente versátiles para poder llevar a conocimiento de los distintos públicos, todos aquellos hechos que se suscitan en el sistema de justicia santafesino, mediante una plataforma informativa institucional. Que como ya se señalara oportunamente, se ha tenido en la apertura del año judicial una experiencia ciertamente positiva en la utilización de una de las herramientas plausibles (canal web audiovisual), la cual ha arrojado mediciones estadísticas satisfactorias en su desempeño. Por lo demás, ha de señalarse que, en virtud de lo que ha sido desde siempre una política de Gobierno Abierto y Transparencia Institucional de esta Corte, la nueva metodología aquí propuesta se vinculará además con los diferentes procesos jurisdiccionales, eventos o capacitaciones en los que resulte técnicamente viable; siempre y cuando se cumplimente cabalmente con las autorizaciones previstas, en razón de lo normado por los arts. 4 y 5, inc. f) de los referidos Lineamientos (vid. Acta Acuerdo Nro. 28, Punto 8 de fecha 10.08.2021). Que, en este orden, y en relación a la administración de la señal “Canal Web – CSJSF”, y en lo que refiere tanto al modo de encausar las solicitudes de coberturas que el mismo ofrece, como a la efectiva prestación de estas, se deberán seguir las pautas de uso correspondientes y su respectivo formulario de requerimiento; los cuales se acompañan y forman parte integrante de la presente. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I) Solicitar a la Corte Suprema de Justicia se aprueben las Pautas de uso del canal web y el formulario de requerimiento que se acompaña y que forma parte integrante de la presente. II) Proponer que las Pautas de uso y el formulario de requerimiento entren en vigencia a partir del 23 de marzo de 2022. III) Dar la debida intervención a la Oficina de Relaciones Institucionales, Información y Difusión. IV) Librar las comunicaciones y circular a los fines de hacer saber lo aquí dispuesto. Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. FDO BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)”. Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno, aprobando las Pautas de uso del canal web y el formulario de requerimiento los que se agregan al final de la presente y como parte integrante del acta. FDO. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Se adjuntan a la presente, las pautas y el formulario mencionados precedentemente.

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno                                              Pautas de uso:      CIRC-39-22 Pautas canal web
Formulario de requerimiento:     CIRC-39-22 Formulario canal Youtube

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