Circular nro. 214. Llamado a concurso para cubrir un cargo de empleado administrativo con conocimiento en Cs. Económicas – MPA-
Circular Nro. 214/21.-
Santa Fe, 10 de diciembre de 2021.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en fecha 06.12.2021 se ha recepcionado notificación del Ministerio Público de la Acusación, en la cual comunican el llamado a concurso para cubrir 1 (un) cargo de empleado administrativo, categoría presupuestaria de auxiliar, con conocimientos en Cs. Económicas para la Unidad Fiscal Especial N° 501 de la 5ta. Circunscripción Judicial -sede Rafaela-, convocado según Resolución N°474/21 del Ministerio Público de la Acusación.
Se transcriben, a continuación, las correspondientes Resoluciones:
“ RESOLUCIÓN N°474
Santa Fe, 01 de diciembre de 2021
VISTO:
El expediente N° FG 000688/2021 del Registro de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso abierto especial para cubrir un (1) cargo de empleado administrativo – categoría presupuestaria de auxiliar – con conocimientos en Ciencias Económicas para la Unidad Fiscal Especial N.º 501 de la 5ta. Circunscripción Judicial -sede Rafaela-; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.
Que, por Ley 13.774, se han creado 8 cargos de Escribiente Mayor y 8 cargos de auxiliar.
Que por Decreto N.º 299/21 se han transferidos los cargos mencionados en el párrafo precedente.
Que debido al crecimiento institucional que ha tenido el MPA en su conjunto resulta altamente necesario cubrir los cargos vacantes, con personal calificado y con experiencia para realizar tareas en determinados ámbitos de la Fiscalía Regional, circunstancias que ameritan la realización de un concurso abierto especial como el presente.
Que desde la fecha 31.05.2021 la agente Valeria Fátima Santellan (DNI N.º 36.887.542), se encuentra subrogando el cargo a concursar.
Que dado que se trata de un concurso abierto en el que pueden existir inscriptos que no pertenezcan al Poder Judicial, y para el que se requiere un perfil profesional y técnico específico que no puede ser cubierto por el concurso general de ingreso de personal administrativo, resulta oportuno aplicar para la
sustanciación del concurso respectivo, el establecido en la resolución N.º 3/12 y sus modificatorias que fijó el “Régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del Ministerio Público de la Acusación”.
Que atento a la naturaleza del cargo a cubrir, así como la especificidad de los conocimientos que para su óptimo desempeño se requieren, resulta conveniente llamar a concurso abierto especial, tal como lo prevé el artículo 3 del Anexo I de la Resolución 30/12, que establece “..cuando el cargo a concursar requiera conocimientos que no fueran evaluados en el concurso al que refiere el artículo 2 de la mencionada resolución”.
Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1, 16, siguientes y concordantes de la ley 13.013;
POR ELLO
EL FISCAL GENERAL
RESUELVE:
ARTÍCULO °: Llámese a concurso abierto especial para cubrir un (1) cargo de empleado administrativo – categoría presupuestaria de auxiliar – con conocimientos en Ciencias Económicas para la Unidad Fiscal Especial N.º 501 de la 5ta. Circunscripción Judicial – sede Rafaela – del Ministerio Público de la Acusación, de conformidad a las Resoluciones N.º 3/12 y N.º 30/12;
ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:
1. Ser mayor de 25 años de edad;
2. Poseer título de Contador Público Nacional o Licenciado en Economía.
3. Resolver las consignas prácticas que se detallan en el Anexo II
ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante.
En la oposición se evaluarán conocimientos en relación al título solicitado para el cargo como así también se profundizará en relación a las consignas prácticas (Anexo II) resueltas previamente.
ARTÍCULO 4º: Intégrese el órgano evaluador por:
Miembros titulares: Gabriela Mercedes Lema DNI N.º 25.910.391; Marina Beatriz Marsili DNI N.º 24.566.649 y Mario César Miretti DNI N.º 12.631.798
Miembros suplentes: Guillermo Nicolás Loyola DNI N.º 25.519.339; Hemilce de los Milagros Fissore DNI N.º 26.573.037 y Juan Pablo Oggero Gentinetta DNI N.º 34.720.065.
ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Necochea N°443 de la ciudad de Rafaela, desde el día 15 de diciembre hasta el 22 de Diciembre de 2021 inclusive, en el horario de 8.00 a 12.00 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Expte N° FG 000688/2021 – Proceso de Selección – Cargo: empleado administrativo – categoría presupuestaria de auxiliar – con conocimientos en Ciencias Económicas para la Unidad Fiscal Especial N.º 501 de la 5ta. Circunscripción Judicial – sede Rafaela – del Ministerio Público de la Acusación”, e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-
En el interior del sobre deberán incluirse:
1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO I forma parte de la presente y Curriculum Vitae. Se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en pendrive o CD o vía mail a fr5@mpa.santafe.gov.ar (colocando en el asunto del mail: Concurso abierto especial Auxiliar con conocimientos en Cs. Económicas – Rafaela – Expte. FG N.º 000688/2021);
2) Consignas prácticas (Anexo II) resueltas;
3) Una (1) fotocopia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad;
4) Una (1) copia del título de grado exigido.
5) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.
6) Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebra, y Certificado policial de conducta;
La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).
Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial. No se hará devolución de las constancias recibidas.
La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.
ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 8 de Febrero de 2022 como fecha para prueba de oposición y entrevista personal prevista en el artículo 3º de la presente, a partir de las 8.00 hs. en la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Necochea N° 443 de la ciudad de Rafaela. En caso de que el postulante elija utilizar como apoyo para la exposición una presentación digital, ésta deberá ser en formato de LibreOffice o compatible y será responsabilidad del postulante asegurar su correcta visualización.
ARTÍCULO 7°: Determínase que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones Nº 3/12, N° 210/14 y N° 67/15 del Fiscal General deberán interponerse en la Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación sita en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:30 a 12:00 hs; dentro del plazo previsto.
ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar), durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción.
ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido, será suficiente y válido.
ARTÍCULO 10º: El concurso precedente se realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el Reglamento vigente para la provisión de Cargos de Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación, disponiendo que el postulante que obtenga el cargo deberá cumplir con las reglamentaciones vigentes, especialmente las que refieren a horarios e incompatibilidades, como asimismo resoluciones que en su oportunidad reglamenten las funciones a cumplir.
ARTÍCULO 11°: Regístrese, comuníquese, publíquese en la página web del MPA y archívese.-
ANEXO I
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
Los datos suministrados en este formulario tienen carácter de declaración jurada y serán tratados en forma reservada.
Cargo al que se postula: | |
Nº de Expediente: |
a) DATOS PERSONALES
Apellido: | |
Nombres: | |
Tipo y Nro. de Documento: | |
Lugar y fecha de Nacimiento: | |
Estado Civil | |
Pertenece al Poder Judicial | |
Domicilio real (dirección y localidad): |
|
Domicilio a los fines del concurso (en el mismo asiento del lugar del concurso): | |
Mail: | |
Teléfono Fijo: | |
Celular: |
b) ANTECEDENTES
1. Publicaciones Jurídicas o Sociales (Libros, revistas, artículos académicos, etc.).
Tipo de publicación | Fecha | Lugar de publicación u organismo para el que se realizó la investigación |
2.Títulos académicos (Especialización, Maestría, Doctorado, etc.).
Títulos Obtenidos | Institución | Fecha inicio | Fecha culminación | Años cursados* | Materias aprobadas* |
3. Mediador Judicial – C.S.J. (SI / NO):
4. Cursos
4.1. Del Centro de Capacitación Judicial
Curso | Inicio | Finalización | Nota | Carácter |
Magistratura Judicial | ||||
Capacitación Judicial | ||||
Derecho e Informática | ||||
Periodismo Judicial | ||||
La defensa Pública en la Pcia de Santa Fe | ||||
Abordaje Integral de Violencia Institucional |
4.2. Otros
Cursos, Talleres, Jornadas, Congresos. (Carácter en el que participó: Expositor, ponente, disertante, coordinador, asistente, etc.) deberá acreditar
Denominación Curso | Institución Organizadora. | Carácter | Fecha | Duración Carga horaria |
Con examen aprobado |
* En caso que el curso haya sido con examen sólo indicar si se lo rindió y aprobó.
5. Docencia
5.1. Actividad Docente Jurídica
Fecha Ingreso | Fecha de Cese | Institución / Universidad | Ordinario, Interino, Invitado, Jurado, etc. |
5.2. Actividad Docente No Jurídica
Fecha Ingreso | Fecha de Cese | Institución / Universidad | Ordinario, Interino, Invitado, Jurado, etc. |
Denominación | Institución /Universidad | Director, Integrante, Docente Investigador, becario, etc |
Actividad o Trabajo premiado | Institución | Nacional o Internacional |
8. Trayectoria Laboral
8.1. Antigüedad en la Administración Pública (acreditar con certificación de servicios)
Lugar de desempeño | Fecha de inicio | Fecha de Cese | Total computado |
8.2. Trayectoria Laboral en el ámbito privado
Lugar de desempeño | Fecha de inicio | Fecha de Cese | Total computado |
Nota: El postulante podrá consignar en éste formulario los cuadros, filas o columnas que considere necesario para completar su C.V.
Importante: No se considerarán antecedentes de estudios ni laborales que no estén respaldados por las certificaciones pertinentes.
DECLARO por la presente conocer y aceptar lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 del Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, aceptando que todas las notificaciones que se hagan a la dirección de correo electrónico del punto 1 de mi formulario de inscripción se considerarán válidas a los efectos de presente concurso.
………………………………………………………………….
Firma y Aclaración
Nota: Firmar todas las hojas.
……………………………………………..
Reservado para uso del MPA
ANEXO II
TRABAJO PRÁCTICO A RESOLVER POR EL POSTULANTE
Caso 1. Caso Fontanellas Bobo (Causa Nº 12.982)
Sergio Fontanellas Bobo y Cristian Fontanellas Bobo fueron juzgados como coautores del delito de lavado de activos. La maniobra fue detectada por la Unidad de Información financiera (UIF) en virtud de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
La UIF presentó ante el juzgado un informe conteniendo las maniobras económico financieras fraguadas a través de empresas fachadas, cuentas bancarias, compra de tierras en la provincia de Santiago del Estero, compra de automóviles de alta gama y operaciones inmobiliarias entre los propios imputados, con el fin de dar apariencia lícita a ganancias obtenidas de actividades ilícitas.
Sergio Fontanellas Bobo, de nacionalidad peruana y argentina, registró como sus actividades ante la AFIP la agricultura, la ganadería, la caza y la sericultura. Su hermano Cristian, poseía asimismo parte de las cinco empresas, y se encontraba inscripto en el régimen de trabajadores autónomos cat. III. El perfil económico no se corresponde con su carácter de accionista mayoritario en dichas sociedades.
Se detectaron irregularidades tanto en las operaciones realizadas como en la situación patrimonial de los imputados. No registraban empleados en relación de dependencia, arrendaban un inmueble rural sin demostrar su explotación, y habían adquirido inmuebles y maquinarias en un breve período de tiempo a pesar de no registrar acreditaciones bancarias hasta diciembre de 2008.
La firma Crier S.A., dedicada a la comercialización de productos agropecuarios, había tenido un fuerte incremento patrimonial durante el año 2008 que no alcanzaba a ser explicado por sus ingresos declarados.
La empresa no registraba retenciones, pero había comprado moneda extranjera y mostraba reiterados cambios de domicilio fiscal sin justificación.
La responsabilidad del contador Mauricio Villavicencio Ahumada fue establecida a partir de que confeccionó el Estado de Situación Patrimonial de Sergio Fontanellas Bobo, a quien le atribuyó un capital de casi 11 millones de pesos, sin datos ni documentación respaldatoria sobre el origen de los fondos.
Sergio Fontanellas Bobo tenía ya un pedido de extradición por parte de las autoridades peruanas, donde se lo imputa por lavado de activos vinculado a la organización criminal que dirigía el ex jefe de inteligencia del gobierno de Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos, dedicada al tráfico de estupefacientes.
En función de las pruebas, la jueza María Servini de Cubría resolvió el procesamiento de los tres imputados.
A. En el caso anteriormente expuesto se pueden destacar una serie de tipologías utilizadas para encubrir el origen ilícito del dinero obtenido. Descríbalas y grafique los hechos identificados.
B. Cuales serían las señales de alerta en el presente caso? Quienes pudieron haber identificado la maniobra además de la UIF? Quién pudo hacer emitido el ROS?
C. Cuál resulta el sector vulnerado?
D. Qué tipo penal debió aplicarse en el presente caso?
E. Qué elementos tendría en cuenta al elaborar un perfil económico?
F. Describa una operación qué podría definirse como de autopréstamo. Que registraciones contables podrían reflejarla?
G. Detalle 10 transacciones simuladas que pudieron registrarse contablemente por parte de los imputados. Tome 3 de ellas y describa una operatoria simulada.
Caso 2. Caso Comisario Ramón Gonzales
Un policía con el grado de comisario es denunciado en forma anónima por transporte ilegal de estupefacientes. La denuncia hace referencia a su vez a la incongruencia entre los ingresos percibidos y la situación patrimonial del imputado y su grupo familiar compuesto por su esposa y su madre.
Entre los hechos informados, el policía habría percibido como policía un sueldo de $ 17.000 en los año 2015-2016, mientras que su esposa tenía una remuneración como administrativa del municipio (monto estimado de ingresos de $ 23.000).
En tanto, su madre se desempeñaba como no docente en un instituto terciario, percibiendo un ingresos del Ministerio de Educación (salario estimado de $19.000). Entre los gastos más sobresalientes informados figura la compra de un lote de terreno por boleto de compraventa en la suma de $ 150.000, la refacción de la casa familiar y dos pasajes a Disney para sus hijas mellizas que cumplieron 15 años el 15/03/2015.
Asimismo, y siempre conforme la denuncia anónima recibida, el grupo familiar entre ese año y el siguiente, adquirió tres rodados de mediana y alta gama.
Frente a estos indicios,
A. Cuál considera que podría ser su aporte como profesional en ciencias económicas?
B. Qué tareas llevaría a cabo y con que recursos contaría para ello?
C. Atendiendo a las siguientes sentencias, conforme pares
1. Delito precedente.
2. Figura agravada de lavado de activo de origen delictivo.
3. Coautoría.
4. Requisito de habitualidad.
5. Fase de integración, preinversión o blanqueo.
6. Fase de colocación.
a. Cuando el autor fuera funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. En este caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres (3) a diez (10) años.
b. En esta etapa el capital ya cuenta con apariencia de legalidad y se inserta en el circuito económico financiero lícito.
c. Consiste en convertir, transferir, administrar, vender, gravar, disimular o poner en circulación de cualquier otro modo bienes provenientes de un ilícito penal.
d. En esta etapa se pretende hacer que desaparezca el dinero obtenido ilícitamente transformándolo en otros bienes que faciliten su manejo o que eviten las sospechas acerca de su procedencia.
e. Cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza.
f. Los que tomasen parte en la ejecución del hecho.”
Saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno