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Circular nro. 16. Suspensión de términos procesales en la Circunscripción Judicial nro. 1 para el día 19 de febrero de 2016.

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Circular Nro. 16/2016.-

Santa Fe, 23 de febrero de 2016.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado en el día de la fecha, Acta Nro. 7, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, dictó la siguiente resolución:

INFORME DEL SEÑOR PRESIDENTE. El señor Presidente de este Cuerpo, Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, informa que en fecha 22.02.16 y atento la petición formulada por el Colegio de Abogados de Santa Fe, dictó una resolución disponiendo la suspensión de los términos procesales para el día 19 de febrero de 2016 en la Circunscripción Judicial Nro. 1, sin perjuicio de las actividades que los respectivos responsables de las unidades jurisdiccionales hayan dispuesto realizar y en razón del fenómeno meteorológico acaecido en dicha fecha. Oído lo cual, luego de un intercambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Presidencia del Cuerpo. FDO.: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.

Se transcribe, a continuación de la presente, la resolución ratificada por la Excma. Corte Suprema.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno

RESOLUCIÓN DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA, REF. SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS PROCESALES.
“Santa Fe, 22 de febrero de 2016. VISTAS: Las actuaciones caratuladas "COLEGIO DE ABOGADOS DE SANTA FE S/SOLICITA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS PROCESALES PARA EL DÍA 19.02.2016" (Expte. Nro. 203/16), CONSIDERANDO: Que el Colegio de Abogados de Santa Fe presentó nota solicitando la suspensión de los plazos procesales en razón del fenómeno meteorológico acaecido en el día 19.02.2016 en la Circunscripción Judicial Nro. 1 de Santa Fe. Que, en atención a la situación planteada, la que entre otros temas ha generado cortes de vías de acceso a distintas localidades y dificultades graves en la circulación, como así también cortes de servicios como el de la energía eléctrica, se advierte la necesidad de adoptar medidas que, manteniendo la prestación del servicio de justicia, contemplen la situación de ciudadanos, profesionales y auxiliares de la Justicia, en general. Obran en autos informes emitidos al respecto por la Oficina de Arquitectura, Mayordomía, Secretaría de Informática y Sección Personal de la Corte Suprema de Justicia. Que conforme las previsiones del artículo 22 inciso 9 de la Ley Nro. 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98), en relación al art. 19 inc. 7 del mismo cuerpo legal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I.- Disponer la suspensión de los términos procesales para el día 19 de febrero de 2016, en la Circunscripción Judicial Nro. 1 sin perjuicio de las actividades que los respectivos responsables de las unidades jurisdiccionales hayan dispuesto realizar. II.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio, a través de los medios correspondientes. FDO.: GUTIERREZ. BORDAS (SECRETARIO)”.

 

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