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Circular nro. 204. Comunicaciones Electrónicas entre el Registro de Procesos Universales y la Oficina de Procesos Sucesorios de los Tribunales de Santa Fe y Rosario a través del Sistema Informático SISFE a partir del 17.11.2021

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Circular Nro.204/21.

Santa Fe, 10 de noviembre de 2021.

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 09.11.2021, Acta N°40, la corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS ENTRE EL REGISTRO DE PROCESOS UNIVERSALES Y LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS DE LOS TRIBUNALES DE SANTA FE Y ROSARIO A TRAVÉS DEL SISTEMA INFORMÁTICO SISFE. VISTAS: Las necesidades del servicio judicial, y; CONSIDERANDO: I. Que cabe tener presente que esta Corte por sucesivos Acuerdos ha venido habilitando por etapas la puesta en marcha del mecanismo de comunicación electrónica para las comunicaciones que libran los Registros del Fuero Civil a las Oficinas de Procesos Sucesorios y a los demás Juzgados y Tribunales con sede en las cinco Circunscripciones Judiciales. Es así que en una primera etapa alcanzó a los oficios que envían los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario a las Oficinas de Procesos Sucesorios de esas mismas sedes, informando la inscripción del inicio de un proceso de tal índole o de una resolución jurisdiccional (Acuerdo del 2.3.2021, Acta N° 6). Posteriormente, en una segunda etapa, se procedió a extender este mecanismo de interrelación a las comunicaciones que sendos registros realizan a los demás Juzgados de Primera Instancia con sede en las Circunscripciones N° 1 y N° 2 (Acuerdo de fecha 16.3.2021, Acta N° 7); y en una tercera fase dicho mecanismo de comunicación electrónica fue extendido a todas las comunicaciones que libran los Registros de Procesos Universales y de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales, como también de Deudores Alimentarios Morosos de Santa Fe y de Rosario a las Oficinas de Procesos Sucesorios de ambas sedes y a los demás Juzgados y Tribunales con sede en las cinco Circunscripciones Judiciales (Acuerdo del 30.3.2021, Acta N° 10); todo lo cual se viene materializando totalmente dentro del sistema de gestión SISFE, con firma digital del Funcionario a cargo del respectivo Registro. II. Que a los fines de dar continuidad al proceso de comunicación electrónica entre los Registros de Procesos Universales y las Oficinas de Procesos Sucesorios, resulta conveniente avanzar en las distintas acciones que ya se vienen llevando a cabo para promover los circuitos de comunicación aprovechando los recursos tecnológicos con que se cuenta, en tanto los Registros y Oficinas mencionadas utilizan en su gestión diaria la misma herramienta informática SISFE. III. Que por ello, de la misma forma como se vinieron llevando adelante las etapas anteriores, se entiende apropiado en esta oportunidad implementar una nueva funcionalidad para extender este mecanismo de interrelación -que se suma a las ya existentes-, de manera tal que los oficios que los funcionarios responsables de las Oficinas de Procesos Sucesorios libren a los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario, se materialicen dentro del sistema de gestión SISFE con firma digital de los mismos; garantizando de este modo la trazabilidad e identificación unívoca del trámite entre ambas dependencias, en tanto las comunicaciones se libran dentro de la misma plataforma del sistema SISFE. Por todo lo cual, y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: 1. Disponer que a partir del 17.11.2021, los oficios que libren las Oficinas de Procesos Sucesorios a los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y de Rosario, se materialicen dentro del sistema de gestión SISFE con firma digital de los funcionarios a cargo de las mismas. 2. Dar intervención a la Secretaría de Informática para que en forma conjunta con el área de Auditoría de Gestión lleven a cabo las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 3. Librar las comunicaciones correspondientes, dando la más amplia difusión a lo aquí resuelto. FDO. FALISTOCCO. ERBETTA. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)”.————————————————————–

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

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