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Cuerpo Médico Forense

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ACTA NRO. 155 PUNTO 3 AÑO 1984.-
Entre el MINISTERIO DE SALUD, MEDIO AMBIENTE Y ACCION SOCIAL, representado por su titular DR. VICTOR FELIX REVIGLIO, en adelante “EL MINISTERIO”, por una parte y la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, representada por su Presidente Dr. HECTOR ANGEL PRONO, en adelande “LA CORTE”, por la otra, estando ambas partes de acuerdo en la necesidad impostergable del desarrollo de la medicina legal en el ámbito de la Provincia; que para el mismo es necesario el aporte del Cuerpo Médico Forense de los adelantos técnicos y conocimientos especializados de profesionales idóneos en la materia y que, además, se requiere una infraestructura específica para el logro de esos objetivos.
Dado que el Ministerio cuenta con dichos requerimientos de apoyo al Cuerpo Médico Forense, de los que éste carece en la ciudad de Santa Fe; que, por otra parte, un trabajo en conjunto redundará no solo en beneficio de la labor realizada por el citado organismo sino también en la capacitación del personal del Ministerio que colabore con ello; y que dicha conjunción de esfuerzos podrá brindar asimismo un aporte insustituíble para la enseñanza de la Medicina Legal en la Unidad Docente Asistencial dependiente del Ministerio; ambas partes convienen celebrar el presente convenio, cuyo ámbito de aplicación será el Departamento La Capital de la Provincia de Santa Fe.-
PRIMERO: “EL MINISTERIO” se compromete a brindar, a traves de sus centros hospitalarios, los servicios complementarios para el trabajo pericial técnico de los médicos forenses, consistente en: Anatomía Patológica, Laboratorio, Radiología, Juntas Médicas Especializadas, etc, que serán requeridos por el magistrado interviniente en la causa al Jefe del servicio respectivo.
SEGUNDO: “EL MINISTERIO” por intermedio de la Dirección General de Bromatología y Química y la División de toxicología y Química Legal, ofrecerá la infraestructura de su laboratorio Técnico a los fines de las investigaciones pertinentes por parte del Cuerpo Médico Forense, estando a cargo de la Corte la afectación del personal bioquímico necesario, el que asimismo prestará colaboración, a dicha Dirección General en caracter de reciprocidad, a los fines de la realización de trabajos específicos que el señor Director le requiera.-
TERCERO: “EL MINISTERIO” se compromete a realizar las gestiones necesarias y los trabajos que sea menester para que, a la finalización de la actual etapa de obras que se está llevando a cabo en el Hospital “J.B. ITURRASPE”, se destine un lugar adecuado del mismo, para el funcionamiento de la Morgue e Instituto de Medicina Legal, dependiente del Poder Judicial, (actual Morgue del mencionado nosocomio y Subsuelo de Sala I contiguo).-
En un todo de conformidad dejan las partes formalizado el presente convenio, a cuyo cumplimiento se oblgan, firmando cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los cuatro días de mes de octubre del año 1984.-

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