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Circular nro.99. Llamado a concurso para cubrir un cargo de empleado administrativo con título profesional de contador/a público/a para la tesorería de la Defensoría Provincial del SPPDP -sede ciudad de Santa Fe

         Circular Nro. 99/23.-

 

Santa Fe, 18 de octubre de 2023.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S                       /                       D

Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en fecha 12.10.23 se ha recepcionado notificación del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, en la cual comunican el llamado a concurso abierto especial para cubrir un (1) cargo de empleado administrativo con título profesional de contador/a público/a para la Tesorería de la Defensa Provincial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal –sede ciudad de Santa Fe- convocado según Resolución N°174/23 del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Se transcribe, a continuación, la resolución que así lo establece:

 

Resolución N° 174/23

Santa Fe, 11 de octubre de 2023

VISTO:

El Expediente del Sistema de Información de Expedientes (SIE) N.º 08030-0006257-7 y la necesidad de cubrir un (01) cargo de empleado/a administrativo/a, categoría presupuestaria de AUXILIAR, con título profesional de Contador/a Público/a para la Tesorería de la Defensoría Provincial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal -sede ciudad de Santa Fe- y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6 del Anexo II de la Resolución N.º 51/17 establece, en relación al ingreso de personal administrativo por concursos abiertos especiales, que “cuando necesidades específicas del servicio demanden la evaluación de conocimientos, aptitudes o circunstancias que no obtuvieran suficiente consideración en los concursos generales, la máxima autoridad de la institución podrá llamar a concurso abierto especial para la cobertura de dichos cargos, en excepción del régimen establecido en el artículo tres, debiendo notificar a la Corte Suprema de Justicia y al Sindicato de Trabajadores Judiciales a fin de colaborar con la debida publicidad y equiparación de posibilidades de participación de todos los integrantes del Poder Judicial (…)”.

Que la Resolución N.º51/17 no prevé qué procedimiento debe aplicarse para la tramitación de dichos concursos.

Que, en consecuencia, dado que se trata de un concurso abierto en el que pueden existir inscriptos que no pertenezcan al Poder Judicial, y para el que se requiere un perfil profesional y técnico específico que no puede ser cubierto por el concurso general de ingreso de personal administrativo, resulta oportuno aplicar para la sustanciación del concurso respectivo el trámite establecido en la Resolución N.º 14/12 que fijó el “Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal”.

Que, por ello, y en virtud de lo dispuesto por artículo 10 del Anexo I de la citada Resolución, corresponde dictar una Resolución de Apertura de Concurso -R.A.C.- en la que se debe determinar, entre otras cuestiones, el/los cargos a concursar y el perfil de los mismos, la modalidad del concurso, la nómina de los miembros del Tribunal, la fecha de inicio y cierre de inscripción, el lugar y hora de presentación de los formularios de inscripción respectivos, como así también el tipo de difusión que se establecerá para la convocatoria.

Que atento la naturaleza del cargo a cubrir, así como la especificidad de los conocimientos que para su óptimo desempeño se requieren, resulta conveniente llamar a concurso abierto especial, tal como lo prevé el artículo 6 del Anexo II de la Resolución N.º 51/2017 y convocar al Tribunal Evaluador de acuerdo al perfil del cargo, de naturaleza administrativa pero con especificidad técnica.

Que corresponde dar difusión en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal aprobada por Resolución N.º 8/2012.

Que el cargo -con categoría presupuestaria de auxiliar- a concursarse, se encuentra disponible en la órbita del Poder Judicial, en razón de una vacante definitiva generada por traslado del agente Francisco Ignacio LARUELO.

Que a fs. 7 y ss. y 16 obra opinión favorable emitida por la Jefa de Dictámenes del SPPDP.

Que, una vez realizado el concurso y definido quien ocupará el cargo se seleccionará y propondrá al Poder Ejecutivo, por intermedio de la de la Corte Suprema de Justicia, la correspondiente designación.

 

POR ELLO,

LA DEFENSORA PROVINCIAL

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1: De conformidad a la Resolución N°14/2012 y N°51/17, CONVOCAR A CONCURSO ABIERTO ESPECIAL DE ANTECEDENTES Y COLOQUIO para cubrir el siguiente cargo de acuerdo al perfil que se especifica en la presente resolución, a saber:

 

  1. a) UN (01) CARGO DE EMPLEADO ADMINISTRATIVO CON TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR/A PÚBLICO/A para la Tesorería de la Defensoría Provincial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal -sede ciudad de Santa Fe- y con categoría presupuestaria de auxiliar, 3.3.0210.

 

ARTÍCULO 2: Integrar el Tribunal Evaluador con el Administrador General, C.P.N. Juan José Maspons; el Director Regional de Gestión Administrativa y Defensiva de la Quinta Circunscripción a cargo de la Secretaría de Asuntos Jurídicos y Control de Gestión, Dr. Daniel Schmidt; y el Director de Administración, C.P.N. Nestor César Cattaneo.

 

ARTÍCULO 3: La actuación del Tribunal Evaluador se ajusta a las siguientes pautas:

  1. a) Es “ad honorem”.
  2. b) Sesiona en la sede de la Defensoría Provincial, sita en calle La Rioja 2657 de la ciudad de Santa Fe.
  3. c) Deja constancia de lo actuado en acta suscripta por todos sus miembros.

ARTÍCULO 4: Establecer como requisitos de admisibilidad los que a continuación se detallan: a) Ciudadanía argentina.

  1. b) Ser mayor de dieciocho años de edad.
  2. c) Acreditar buenos antecedentes de conducta.
  3. d) No estar incurso en las inhabilidades previstas en el artículo 208 de la Ley N° 10.160.
  4. e) Tener el título profesional de Contador/a Público/a.

A los fines de llevar adelante el análisis de admisibilidad, los postulantes deben poseer y acreditar los requisitos exigidos para el cargo al momento de cierre de la inscripción al presente concurso.

 

ARTÍCULO 5: El postulante seleccionado mediante el presente concurso quedará incorporado a la carrera judicial mediante el sistema de promoción y ascensos del Poder Judicial, rigiendo a todos sus efectos las disposiciones del Art. 207 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N.º 10.160.

 

ARTÍCULO 6.- PERFIL DEL CARGO DE EMPLEADO PROFESIONAL CONTADOR PÚBLICO para el Servicio Público Provincial de Defensa Penal con asiento en la Defensoría Provincial sede Santa Fe.

Nombre del puesto: empleado administrativo profesional, categoría Auxiliar.

Dependencia funcional: Dirección de Administración – Área Tesorería de la Defensoría Provincial con sede en la ciudad de Santa Fe.

Calificaciones educativas necesarias o deseables: Se requiere poseer el siguiente título: Contador/a Público/a, además deberá acreditar conocimiento sobre la Ley 13.014 y modificatorias.

Perfil del cargo, misión y funciones: deberá asistir a sus superiores de acuerdo a su competencia profesional en las tareas encomendadas por la Dirección de Administración que le compete a un Contador Público, como así también toda otra tarea que le sea encomendada.

En cuanto a las funciones, deberá: 1) realizar las tareas encomendadas por la superioridad inherentes a liquidaciones y pagos a proveedores y contratistas, tanto sea para gestiones por Habilitación como por Tesorería; 2) realizar las tareas inherentes a liquidación y aplicación de Retenciones Impositivas en el marco de la normativa nacional, provincial y municipal vigentes, que resultaren aplicables; 3) realizar las tareas relativas a cargas en los diferentes sistemas de registración contable, de pagos y retenciones aplicadas; 4) realizar tareas inherentes a Rendiciones de Cuentas; y 5) Poseer conocimientos de los módulos del Sistema de Administración Financiera de la Provincia (SIPAF).

Habilidades y aptitudes: Deberá: 1) tener un elevado nivel de compromiso con el respeto de los Derechos Humanos y conocer el entorno organizacional; 2) conocer aspectos generales de la normativa del sector público, específicamente de las Leyes N.º 12.510 y N.º 10.160 y sus modificatorias; 3) ser competente en la toma de decisiones inherentes específicamente a las funciones del cargo, la comunicación efectiva de las ideas, el control y la coordinación con su superior y equipo de trabajo; 4) acreditar conocimiento en confección de pedidos de contabilización y liquidación y pago a proveedores de habilitación y tesorería; 5) poseer conocimiento de normativa de contrataciones públicas y de retenciones impositivas vigentes de orden nacional y provincial para aplicación en pagos y su respectiva carga; tener conocimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas a AFIP y API; como también tener solvencia sobre el proceso de pagos de tesorería y rendiciones de cuentas; y 6) demostrar iniciativa para la resolución de problemáticas inherentes a las funciones administrativas del cargo.

Zona de residencia requerida: Su sede será en la ciudad de Santa Fe.

 

ARTÍCULO 7: Fijar como período de inscripción tres (03) días hábiles, comprendidos desde el 30/10/2023 hasta el 01/11/2023, ambos días inclusive, en el horario de 9 a 12 hs. en la de la Defensoría Provincial del SPPDP, sita en calle La Rioja 2657 de la ciudad de Santa Fe. A estos fines, se publicará en la página web institucional (www.defensasantafe.gob.ar), junto con la convocatoria del presente concurso, el formulario de inscripción con la modalidad dispuesta para acompañar la documentación acreditante.

 

ARTÍCULO 8: Recibidas las inscripciones, la Defensora Provincial o la persona que esta designe controlará el cumplimiento de los requisitos formales.

Se publicitará en la página web institucional (www.defensasantafe.gob.ar) la Resolución de Admisibilidad que incluirá el listado de postulantes admitidos, admitidos condicionales y no admitidos al concurso, cursándose correo electrónico de cortesía a los postulantes que les hará saber que la información se encuentra disponible en la página.

La notificación se considera efectiva desde el momento de su publicación en la página web.

ARTÍCULO 9: Los interesados no admitidos, podrán impugnar la decisión sobre admisibilidad, en los términos del artículo 11 del Anexo I de la Resolución del Defensor Provincial N°14/2012 del Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

ARTÍCULO 10: Los postulantes admitidos podrán recusar con causa a cualquiera de los miembros del Tribunal Evaluador, sólo por las causales de recusación y excusación previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe; en ambos casos, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la publicación en la página web oficial.

La Defensora Provincial adoptará una decisión de inmediato y sin recurso alguno que publicará en la página web. En ningún caso las impugnaciones o recusaciones suspenden el desarrollo del concurso y la Defensora Provincial puede habilitar la participación a título condicional de un interesado que hubiera impugnado o postulante que hubiera recusado.

ARTÍCULO 11: La fecha, horario y lugar donde se llevarán a cabo la evaluación de antecedentes y coloquio serán comunicados por correo electrónico al correo denunciado, y publicados en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Sólo serán convocados los postulantes admitidos y los que la Defensora Provincial habilite condicionalmente.

 

ARTÍCULO 12: Inmediatamente luego de finalizado el coloquio, el Tribunal Evaluador asignará a cada postulante el puntaje final, discriminando los rubros “antecedentes” y “coloquio”, todo conforme lo establecido en la Resolución N°14/2012, y finalmente conformará el consecuente orden de mérito para lo que el mencionado Tribunal confeccionará un acta que deberán rubricar todos sus miembros, el que se publicará en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

Si no hubiera acuerdo entre los miembros del Tribunal Evaluador respecto del puntaje de uno o más postulantes, el mismo será el resultado de promediar la asignación que cada uno ha realizado.

 

ARTÍCULO 13: El orden de mérito confeccionado según lo previsto en el artículo anterior tendrá una vigencia de DOCE (12) meses a contar desde la firmeza de la presente Resolución, pudiendo ser utilizado en la tramitación de posteriores concursos para la cobertura de cargos de igual categoría presupuestaria y profesión, de acuerdo al perfil descrito en el artículo 6.

ARTICULO 14: Los postulantes podrán deducir impugnación en los términos y condiciones del artículo 12 de la Resolución del SPPDP N°14/2012 que aprueba el Reglamento de Provisión de Cargos de Funcionarios y Suplentes de Funcionarios en el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

 

ARTÍCULO 15: Aprobar el formulario de inscripción que obra como Anexo I y forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 16: Disponer que la convocatoria a concurso abierto especial deberá difundirse en la página web del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (www.defensasantafe.gob.ar), junto con el formulario respectivo.

 

ARTÍCULO 17: Solicitar a la Corte Suprema de Justicia brinde amplia difusión a la convocatoria a “CONCURSO ABIERTO ESPECIAL DE ANTECEDENTES Y COLOQUIO para cubrir un (01) CARGO DE EMPLEADO ADMINISTRATIVO CON TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR/A PÚBLICO/A para la Tesorería de la Defensoría Provincial del Servicio Público Provincial de Defensa Penal -sede ciudad de Santa Fe-”.

 

ARTÍCULO 18: Registrar, notificar a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. Cumplido, archívese.

 

 

 

FDO.: DRA. ESTRELLA JORGELINA MORENO ROBINSON, DEFENSORA PROVINCIAL

CPN JUAN JOSE MASPONS, ADMINISTRADOR GENERAL

 

ANEXO I

Número de legajo:

 

 

 

(Otorgado por el SPPDP)

  1. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN:

 

  1. Cargo al que se postula:

Empleado administrativo con título profesional de

CONTADOR/A PÚBLICO/A para la TESORERÍA de la

Defensoría Provincial del SPPDP.

Sede: ciudad de Santa Fe.

  1. Apellido/s postulante:
  1. Nombre/s postulante:
  1. Documento de identidad

Tipo: Número:

  1. Correo electrónico:

(a los fines de todo tipo de notificaciones relativas al concurso)

  1. Teléfono

Celular: ( ) – Fijo: ( ) –

  1. Lugar y fecha de nacimiento:
  1. Nacionalidad:
  1. Estado civil:
  1. Domicilio:
  1. Domicilio que constituye a los fines de todas las notificaciones del concurso:

(ubicado dentro de la Provincia de Santa Fe)

 

DECLARO que todas las notificaciones efectuadas en el domicilio o al correo electrónico consignado serán válidas.

 

………………………………

Firma del postulante

 

  1. II. DOCUMENTAL RESPALDATORIA

(Requisitos de admisibilidad)

  1. a) Copia Certificada D.N.I.

 

 

  1. b) Certificado de Conducta

(Expedido por la Policía de la Provincia de Santa Fe. Debe acompañarse en original o

copia certificada)

 

  1. c) Informe del Registro Nacional de Reincidencia

(Expedido por el Registro Nacional de Reincidencia. Debe acompañarse en original o

copia certificada)

 

 

  1. d) Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos

(Debe acompañarse en original o copia certificada)

 

 

  1. e) Titulo profesional

(Debe acompañarse copia certificada)

 

 

III. CURRÍCULUM VITAE

(El postulante confeccionará el curriculum vitae siguiendo el siguiente orden y acompañando luego de cada item la documentación probatoria del modo que se detalla a continuación, a cuyos efectos utilizará primero una hoja blanca con la indicación de lo que se acompaña que servirá de carátula).

 

  1. ANTECEDENTES ACADÉMICOS VINCULADOS A LA MATERIA Y PREMIOS, DISTINCIONES, Y BECAS:
  2. a) Doctorado/s: (fotocopia certificada).

 

  1. b) Maestría/s: (fotocopia certificada).

 

  1. c) Especialización/es: (fotocopia certificada).

 

  1. d) Curso/s aprobados: (fotocopia certificada).

 

  1. e) Premios, distinciones y becas: (fotocopia certificada).

 

  1. EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA (VINCULADA A LA MATERIA): Se acompañará fotocopia certificada del acto administrativo de designación (resolución); o, en su caso, constancia (en original o fotocopia certificada con sello de la institución y cargo de quien la expide) de la función que ejerce el postulante (Ej.: auxiliar, J.T.P., Adjunto/a, Titular, etc.), modo de acceso al mismo (concurso, etc.), materia que imparte, nivel (grado o postgrado), carga horaria y antigüedad.

 

  1. PUBLICACIONES (VINCULADAS A LA MATERIA):

Se individualizarán los datos de la publicación (coautores -en su caso-, título, subtítulo -en su caso-, lugar de publicación, editorial -o sitio web– y fecha) y en todos los casos se acompañarán fotocopias certificadas de la portada, índice y pie de imprenta (en el caso de publicación de libros) o del título, primera y última página (en el caso de publicación en revistas o sitio web).

 

  1. PARTICIPACIÓN ACTIVA EN CONGRESOS, SIMPOSIOS, CURSOS Y OTROS EVENTOS DE INTERÉS CIENTÍFICO (vinculadas a la materia):

Se acompañarán fotocopias certificadas de los mismos.

 

 

  1. ANTIGÜEDAD EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN:

Se acompañará constancia de matriculación (en original o fotocopia certificada) y actuaciones relevantes a lo largo del ejercicio profesional (en fotocopias certificadas) o foja de servicio de institución pública.

 

 

ACLARACIÓN:

La inscripción definitiva del postulante se tendrá por formulada con la presentación de tres carpetas foliadas (numeradas y firmadas en cada una de sus hojas, en las tres carpetas presentadas) en soporte papel en el plazo, horario y lugar que surja de la Resolución.

Sólo una de las tres carpetas deberá contener toda la documentación en original (o en fotocopia certificada). Las otras dos carpetas podrán contener copias simples.

Cada ítem será presentado en hoja separada individualizado correctamente mediante una carátula que contenga un detalle de los antecedentes que invoca, los que serán glosados detrás de la misma en fotocopia.

En caso que un postulante mencione un antecedente o el cumplimiento de un ítem, pero no acompañe la documentación respaldatoria en tiempo y forma, el mismo no será considerado por el Tribunal.

El incumplimiento de las exigencias documentales conllevará tener como no acreditado el antecedente invocado.

Saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas

(Secretario de Gobierno)

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