Circular Nro. 49/15.-
Santa Fe, 28 de julio de 2015.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de recordarle que ante el pedido de calificación de los AUXILIARES SUBROGANTES, PASANTES Y PRACTICANTES que se encuentren bajo su inmediata dependencia, deberá efectuar la misma, respecto del rubro "CONCEPTO PERSONAL" y por el período comprendido entre el 01.02.2015 al 31.07.2015, en los formularios que deberán imprimir desde la página web del Poder Judicial: www.justiciasantafe.gov.ar, en la pestaña "Institucional/Formularios Varios para trámites ante la Secretaría de Gobierno". (Art. 11, inc.e, del Reglamento de Ingreso para empleados administrativos que al pie de la presente se transcribe)
Quienes se desempeñen en ese órgano o dependencia judicial, desde una fecha posterior al 1° de febrero de 2015, deberán ser calificados por el período comprendido entre la fecha en que comenzaron a prestar servicios en la misma y el 31.07.2015.
Las calificaciones de los agentes pertenecientes a las Circunscripciones 1, 4 y 5, deberán ser remitidas, hasta el 7 de agosto del corriente año, a la Secretaría de Gobierno de la Corte en Santa Fe, y de quienes presten servicios en las Circunscripciones 2 y 3, hasta el mismo día, a la Secretaría Letrada de la Corte con asiento en Rosario.
Se transcriben, al pie de la presente, las pautas reglamentarias vigentes referidas a este rubro.
Lo saludo atentamente.
Fdo. Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno
RÉGIMEN DE INGRESO DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS, CHOFERES Y PERSONAL CON OFICIOS DEL PODER JUDICIAL.
Art. 11.- … e) A efectos de la calificación en los incisos c), d) y e) el postulante, al finalizar su desempeño o cumplirse cada período de seis meses, en su caso, deberá solicitar al titular del órgano jurisdiccional pertinente, una calificación en el formulario que a tal efecto requerirá en la Secretaría de Gobierno del Cuerpo en Santa Fe o en la Secretaría Letrada de la Corte en Rosario o en las Superintendencias Menores de cada sede judicial del interior provincial, y presentarla para su legajo personal. En el supuesto que el postulante no presentara su calificación en el plazo de cinco días hábiles a partir de la finalización de su actuación o de cada período de seis meses, en su caso, se considerará que la calificación asignada a la tarea es cero.