AUTORIZACION DE VIAJE DENTRO DEL TERRITORIO ARGENTINO
AUTORIZACION DE VIAJE DENTRO DEL TERRITORIO ARGENTINO (NO PRESENCIAL):
La autorización debe ser otorgada por al menos un representante legal.
Debe concurrir al menos un representante legal, munido de su DNI, y acreditar dicha representación legal mediante Libreta de Matrimonio, Partida de Nacimiento, Acta de Nacimiento, Certificado de Nacimiento, Certificado de Nacionalidad, Testimonio judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo invocado. El vínculo también podrá ser acreditado mediante la verificación del documento nacional de identidad del menor, siempre que éste contenga el nombre de sus representantes legales.
Debe concurrir al menos un representante legal, munido de su DNI, y acreditar dicha representación legal mediante Libreta de Matrimonio, Partida de Nacimiento, Acta de Nacimiento, Certificado de Nacimiento, Certificado de Nacionalidad, Testimonio judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo invocado. El vínculo también podrá ser acreditado mediante la verificación del documento nacional de identidad del menor, siempre que éste contenga el nombre de sus representantes legales.
REQUISITOS:
1) DNI del menor original y vigente (verificar previamente la vigencia del DNI: https://www.argentina.gob.ar/interior/renaper/dni/consultar-renovacion)
2) DNI y presencia del representante legal que autorice.
3) En caso de que el menor aún no haya cumplido los 13 años de edad, debe declararse, como mínimo, un acompañante mayor de edad, manifestando apellido y nombre completo y número de DNI del mismo; o bien utilizar el servicio del menor no acompañado.
COMO SE REALIZA EL TRAMITE DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE DENTRO DEL PAÍS:
Con la documentación correspondiente, se debe presentar en la Oficina de Certificaciones, en el horario de 7.15 a 12.45 y de 14.15 a 19.45 (Santa Fe y Rosario) donde se completa el formulario, se abonan $7000 y concluye el trámite.
.-*Asimismo se informa que el servicio que se presta en la oficina es el de AUTORIZACIONES NO PRESENCIALES; esto es cuando NO puede por algún motivo realizarlo de manera PRESENCIAL Y GRATUITA en las BOLETERIAS de las respectivas Empresas de Transporte.
*El transporte en automóvil particular (benévolo) no entra en los supuestos que se requiera este tipo de autorizaciones, sólo esta contemplado para transporte interjurisdiccional de pasajeros. Para los viajes en auto se sugiere viajar con toda la documentación del menor.
*El transporte en automóvil particular (benévolo) no entra en los supuestos que se requiera este tipo de autorizaciones, sólo esta contemplado para transporte interjurisdiccional de pasajeros. Para los viajes en auto se sugiere viajar con toda la documentación del menor.