Click to listen highlighted text!

Circular nro.157:”Convenio de Cooperación entre la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Justicia de la Provincia de Santa Fe s/su implementación: Ref. Inicio demandas de la Administración Provincial de Impuestos”

“Circular Nro. 157/21.-

Santa Fe, 25 de agosto de 2021.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

                   Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 24.8.2021, Acta N° 30, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, dispuso lo siguiente:
CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y LA SECRETARÍA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE s/ SU IMPLEMENTACIÓN. VISTOS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que en el día de la fecha se ha ratificado el convenio por el cual esta Corte, de manera conjunta con el Poder Ejecutivo Provincial y en el marco del Programa Santa Fe + Justicia, acuerda la tramitación enteramente digital de aquellas causas en las cuales la Administración Provincial de Impuestos inicia acciones legales tendientes a obtener el cobro de los impuestos, tasas y contribuciones que adeuden los contribuyentes santafecinos. Que este hito constituye un concreto y decidido avance hacia la despapelización del trámite jurisdiccional, lo que trae aparejado una mejor gestión de datos y recursos para este Poder Judicial, a la vez que acompaña los nuevos lineamientos procesales que se vienen proyectando en las últimas reformas legislativas a los códigos de rito. Que, en el caso particular, el Estado Provincial iniciará demandas a través de sus representantes legales con la utilización de tecnología de firma digital; el órgano jurisdiccional respectivo por su parte, tramitará el proceso con similar lógica hasta alcanzar el archivo de la causa en cuestión. Así, la utilización de esta nueva metodología de trabajo sustituye al actual sistema vigente, prescindiendo del formato papel, con excepción de aquellos casos en que por imposibilidades procesales o técnicas de alguna de las partes resulte inviable su operatividad. Que, por consiguiente, habiendo amalgamado las partes firmantes del referido convenio las condiciones técnicas necesarias, deviene conducente en la ocasión poner en funcionamiento esta nueva metodología de trabajo, la cual, se insiste, marca un significativo avance hacia una justicia cien por ciento digital. Que, en razón de lo hasta aquí expuesto y oído en este Acto el señor Procurador; SE RESUELVE: I.- Disponer que a partir del 1.9.2021 las demandas que inicie la Administración Provincial de Impuestos por ante las dependencias de este Poder Judicial se tramitarán de manera enteramente digital, con las excepciones previstas en los considerandos precedentes. II.- Comunicar lo aquí resuelto a la Administración Provincial de Impuestos por intermedio del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y al Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe. III.- Dar la más amplia difusión del presente decisorio entre todos los integrantes de este Poder Judicial, a través de los medios conducentes al efecto. FDO. FALISTOCCO. ERBETTA. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).—————————————————–
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Fdo: Dr. Eduardo Bordas
( Secretario de Gobierno)”

Click to listen highlighted text!